Seguro de protección de pago para los préstamos

El seguro de protección de pagos es un tipo de seguro comercializado por Bancos y Entidades Financieras cuando contratamos un préstamo personal o hipotecario que nos proporciona la cobertura necesaria para afrontar sus pagos a falta de ingresos como consecuencia de una incapacidad temporal, situación de desempleo o fallecimiento.

¿Por qué a las entidades de crédito les interesa que contratemos el seguro de protección de pagos?

contrato

Es habitual que sea la propia Entidad de Crédito con la qué contraemos la deuda quién nos ofrezca la opción de suscribir un seguro de protección de pagos vinculado a nuestro préstamo, bajo el acuerdo de mejorar nuestras condiciones de financiación.

A la Entidad Financiera con la qué firmamos el préstamo le interesa qué nos acojamos a este seguro que nos ofrece una cobertura de pago en situaciones en las que dejemos de recibir ingresos. De este modo, se garantizan los pagos recurrentes en situaciones de dificultad económica.

¿Qué cubre el seguro de protección de pagos o préstamos?

El seguro de protección de pagos nos proporciona la cobertura suficiente para amortizar los pagos de las cuotas de nuestro préstamo en los casos estipulados en la póliza contraída con la aseguradora, que de manera general suele acoger la situación de desempleo, incapacidad temporal o fallecimiento.

Antes de firmar la póliza del seguro debemos prestar atención a las condiciones y coberturas que nos ofrece. Puede ocurrir que la cobertura contratada no sea lo que necesitamos y no seamos conscientes hasta qué necesitemos recurrir a ella que estamos pagando por un seguro que no cumple con nuestras expectativas.

El seguro de protección de pagos asume el pago de una cantidad (parte o total de la cuota hipotecaria) durante un período de tiempo estipulado en la póliza contratada, en caso de situación de desempleo o incapacidad temporal.

Cobertura en situación de desempleo

La cobertura en situación de desempleo se hace cargo del pago de las cuotas del préstamo vinculado si perdemos el trabajo.

Para poder contratar esta cobertura del seguro debemos ser trabajadores por cuenta ajena indefinidos o trabajadores fijos discontinuos. En el caso de que tengamos otro tipo de contratos temporales, o por obra y servicio, las aseguradoras considerarán que no somos aptos para contratar esta cobertura.

Conviene prestar atención a las clausulas de nuestra póliza ya que situaciones como el despido procedente, un despido sin derecho a paro, o una dimisión no se considerarían aseguradas y en caso de perder el trabajo por cualquier de estos motivos no estaríamos protegidos.

Cobertura en situación de incapacidad laboral

La cobertura en situación de incapacidad temporal se hace cargo del pago de las cuotas del préstamo vinculado cuando estemos enfermos o suframos un accidente que nos incapacite para realizar nuestras funciones habituales, por baja médica dictaminada por un médico de la Seguridad Social a excepción de la baja por maternidad.

¿Cuanto cuesta un seguro de protección de pagos?

interrogación y dinero

El coste del seguro de protección de pagos o préstamos varía en función de su cuantía y el tiempo máximo que nos cubre. También influyen factores como el período de vigencia de nuestra hipoteca o préstamo que aseguramos, su capital, nuestra edad en el momento de su contratación, o si decidimos abonarlo en una prima única prima o mensual.

Cómo es previsible, el coste de la prima será mayor cuanto mayor sea la cantidad de la cuota que queremos cubrir. El límite máximo de cuotas que podremos contratar con este seguro oscila alrededor de 12 meses consecutivos o hasta 36 cuotas alternas no consecutivas.

Contratación de un seguro de protección de pagos, ¿Dónde acudir?

En el caso de qué estemos interesados en contratar un seguro de protección de pagos debemos saber que aunque habitualmente este servicio nos lo ofrezcan las propias entidades de financiación con las que contraigamos nuestras deudas, existen otras alternativas que debemos valorar antes de tomar ninguna decisión.

Los Bancos más importantes especializados en los seguros de protección de pagos son entidades como Caixabank Banco Santander.

Desde Milcreditosrapidos.com os recordamos que antes de contratar un préstamo de protección de pagos, es conveniente comparar las condiciones y clausulas de la póliza que nos ofrecen para estar seguros de que tomamos la mejor decisión.

Conclusión y recomendaciones

singno de verificación y pulgar levantado

El seguro de protección de pagos comercializado por bancos y cajas de ahorro en el momento de contratación de un préstamo para asegurar la cobertura de los pagos, se trata de un producto vinculado qué aunque beneficioso para el cliente, sino prestamos atención puede qué no se ajuste a nuestras necesidades.

Es conveniente no dejarse llevar por las recomendaciones de los bancos sin antes comparar la oferta de seguros en otras compañías del sector especializadas en la contratación de seguros.

Leer detenidamente las clausulas de la póliza del seguro que contratamos, para asegurarnos de que nuestra póliza incluye lo qué necesitamos. En muchos casos las compañías aseguradoras son restrictivas y no suele ser fácil cobrar este tipo de seguros, por ello se recomienda prestar atención a aspectos como la carencia y período de vigencia del seguro.

En el caso de que dudas respecto a la cobertura del seguro, antes de su contratación conviene pedir asesoramiento a expertos que negocien las condiciones del seguro a nuestra medida.

Comentarios

Daniel 03/06/23
al finalizar mi prestamo bancario, la identidad me tendria que devolver el importe del seguro
MilCreditosRapidos.com Hola Daniela, gracias por contactar con MilCreditosRapidos. Por norma general el seguro de protección de pagos esta pensado para protegernos en caso de impago, y no suele habitual que las compañías lleven a cabo su devolución. En todo caso, para contrastarlo deberías contactar con la compañía donde hayas contratado tu seguro y así resolver todas tus dudas.
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