Caducidad de Asnef
Bastará el impago de un recibo para que la entidad acreedora notifique nuestros datos a ficheros de morosos como Asnef (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito).
Cuando esto ocurre sufrimos una pérdida de solvencia de la que no somos conscientes hasta que comprobamos la dificultad de obtener financiación. Es entonces cuando nos preguntamos, ¿durante cuánto tiempo permanecen nuestros datos en Asnef?
Según lo establecido en el artículo 29.4 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, sólo se podrán registrar datos que no se refieran a más de seis años, límite legal de la permanencia de nuestros datos en el fichero, salvo excepciones en las que un cambio de acreedor supone la reinscripción en el fichero, en cuyo caso el computo de tiempo comenzaría de nuevo.
¿Por qué deuda me pueden incluir en el listado de morosos?
Para que una deuda pueda ser incluida en Asnef debe tratarse de una deuda cierta en situación de impago que haya sido exigida al menos en una ocasión.
Además no existe un importe mínimo establecido a la hora de ingresar en Asnef. Lo que supone que podremos aparecer en Asnef por deudas insignificantes a las que no dimos importancia.
No importa si se trata por tanto de un recibo del teléfono móvil, una cuota de la tarjeta atrasada o una letra de la hipoteca… Cualquier deuda es susceptible de que seas inscrito en Asnef.
Plazos de Asnef según el tipo de deuda
Es fundamental no confundir el plazo de prescripción de una deuda con el plazo de la caducidad de nuestros datos en Asnef. Debemos tener presente que el plazo de seis años se refiere únicamente a la inclusión de nuestros datos en el fichero, no a la prescripción de la deuda.
Y es que aunque todas las deudas prescriben con el paso del tiempo, a continuación observamos como en cada caso el plazo establecido dependerá del tipo de deuda del que se trate:
Créditos personales
Las deudas originadas por el impago de préstamos personales prescriben a los cinco años desde el vencimiento de la obligación.
Tarjetas de crédito
Aunque el plazo legal para que las deudas generadas con tarjetas de crédito prescriban sea a los cinco años. Este tipo de deuda en pocas ocasiones llega a prescribir debido a que las entidades bancarias por norma las recurren.
Deudas de suministro y telecomunicaciones
En aplicación del artículo 1967.4 del Código Civil las deudas por impago de servicios, como la telefonía, agua o electricidad, prescriben a los tres años. Se trata del tipo de deuda qué más prescribe.
Préstamos hipotecarios
Las deudas originadas por préstamos hipotecarios prescriben a los veinte años después de la fecha de su vencimiento. Su prescripción es bastante improbable ya que las entidades bancarias además de emprender acciones judiciales, se encargan de embargar la vivienda para después sacarla a subasta.
Aunque las deudas prescriban en el plazo legal que hemos visto, si el acreedor decide reclamar el pago de la deuda dicho plazo comenzaría a contarse de nuevo.
¿Qué ocurre con las deudas que prescriben en un plazo superior a veinte años?
El hecho de que Asnef elimine nuestros datos de su fichero al cabo de seis años, no supone que las deudas que no han prescrito desaparezcan. Lo que significa que todas las deudas que no han prescrito se mantienen vigentes.
¿Qué ocurre entoncés con las deudas que prescriben en un plazo inferior a seis años?
En el caso contrario, las deudas prescritas antes del plazo de seis años, tendrían que ser eliminadas de Asnef. En este supuesto prescripción de la deuda y borrado de los datos del fichero coinciden.
¿Cómo saber que tengo una deuda con Asnef?
Según establece la Ley Orgánica 5/1992, los afectados por la inclusión de sus datos en Asnef deben ser avisados en un plazo máximo de 30 días. Por lo tanto la empresa que inscribe tus datos en Asnef tiene la obligación de enviarte una notificación informándote.
Sin embargo dicha notificación no siempre llega, y no somos conscientes de nuestra inclusión en Asnef hasta que tenemos problemas para conseguir financiación.
Si lo consideras necesario puedes ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición de tus datos en Asnef según contempla la Ley de Protección de Datos.
Para ampliar más información sobre este tema puedes consultar nuestro post acerca de Cómo saber si estoy incluido en Asnef.
Cómo salir de Asnef
Estar en Asnef perjudica nuestros intereses económicos. Y es que la presencia de nuestros datos en los ficheros de morosidad dificulta enormemente las posibilidades de obtener financiación, lo que solo es posible por medio de entidades crediticias que ofrecen préstamos con Asnef.
Cuando estar en Asnef sea fruto de un error puedes ejercer el derecho a Cancelación de tus datos enviando el Formulario General de Ficheros de ejercicio de los Derechos ARCO, a la siguiente dirección: sac@equifax.es , acompañado de la documentación requerida en el propio documento.
Si la causa de la inclusión en Asnef está justificada, para salir del fichero tenemos dos vías:
- Salir de Asnef sin pagar tus deudas: para lo cual tendríamos que esperar el plazo legal máximo de seis años que permite almacenar tus datos en el fichero,
- Salir de Asnef pagando tus deudas: para lo que tendríamos que saldar la deuda motivo del registro en Asnef e iniciar los trámites de cancelación de datos enviando el Formulario de Cancelación Ágil junto con la documentación acreditativa de pago de la deuda.
Sea cual sea la posibilidad escogida, salir de Asnef puede resultar un proceso difícil para el afectado, quién no conseguirá recuperar su reputación crediticia hasta que finalmente consiga eliminar su información del fichero.
Si necesitas ampliar más información acerca de este tema puedes consultar el post de nuestro Blog Cómo salir de Asnef.
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